
Tipos de Divorcio
El 17 de Noviembre del 2004, entró en vigencia en Chile la nueva Ley de Matrimonio Civil, la cual vino a derogar la ley que existía desde 1884. En términos generales, la nueva ley se refiere a los requisitos para contraer matrimonio, la forma y celebración de éste, la separación de los cónyuges, la nulidad y disolución del matrimonio. La nueva ley incorpora al sistema jurídico chileno el llamado divorcio vincular, y además se destaca, en el caso de divorcio y de la nulidad, la posibilidad de una compensación económica para el cónyuge que se dedicó al cuidado de los hijos y/o a las labores del hogar y no pudo realizar una actividad remunerada o lo hizo sólo parcialmente.
El divorcio se establece como una causal de terminación del matrimonio y está regulado en el Art. 42 de la nueva Ley de Matrimonio Civil conjuntamente con la muerte natural de uno de los cónyuges, así como la muerte presunta de alguno de ellos.
El divorcio es un requerimiento que debe ser solicitado por un abogado habilitado en el tribunal correspondiente a la jurisdiccion del interesado.
Que tipos de divorcios existen:
• Divorcio común acuerdo.
• Divorcio unilateral.
• Divorcio culposo.
Divorcio Común Acuerdo
Por Cese de Convivencia por un año a lo menos y Común Acuerdo entre las Partes. Si existen hijos menores de por medio las partes deben llegar a acuerdo en cuanto a pensión de alimentos, régimen de visitas , cuidado personal, compensación económica y liquidación de la sociedad conyugal entre otras materias.
Divorcio Unilareral
Por Cese de Convivencia por tres años y decisión unilateral de uno de los cónyuges de divorciarse.
Divorcio Culposo
Por causales graves y fundamentadas con los medios de prueba necesarios como pueden ser por drogadicción, comisión de un crimen o simple delito o infidelidad.